
El senador Karim Bianchi (Ind.) ingresó un proyecto de ley ante el Senado denominado “La Cofradía”, que busca tipificar como delito la apología e incitación a la pedofilia.
El nombre de la iniciativa alude al programa de streaming que generó controversia durante el fin de semana, luego de que se viralizara un video en el que algunos de sus integrantes realizan bromas sobre abusos a niños con Trastorno del Espectro Autista (TEA), además de burlas hacia ellos.
Entre quienes aparecen en el registro figura Ítalo Omegna —militante del Partido Nacional Libertario y ahora exasesor parlamentario—, quien emitió comentarios relacionados con niños con autismo y alusiones a abuso infantil.
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En ese contexto, Bianchi explicó que la propuesta responde a la necesidad de establecer límites claros. “Hay conductas que en una sociedad simplemente no podemos aceptar. Una de ellas es que existan personas que, amparadas en una supuesta libertad de expresión, promuevan, normalicen o hagan apología de la pedofilia o de la explotación sexual de niños”, señaló.
Asimismo, agregó que “en Chile no basta con castigar a quienes cometen delitos, también debemos perseguir a quienes los incentivan, los justifican o buscan instalar estas conductas como algo aceptable”.
El proyecto sostiene que actualmente existe un vacío legal respecto de las conductas de incitación pública y apología, por lo que propone modificar el Código Penal. En concreto, incorpora un nuevo artículo 367 nonies, que establece penas de presidio menor en su grado medio para quienes, públicamente o a través de medios de difusión masiva —incluyendo plataformas informáticas o de telecomunicaciones—, inciten, insten o hagan apología de actos de significación sexual, explotación o producción de material pornográfico en que participen menores de 14 años, cuando ello genere un peligro previsible para su indemnidad o integridad sexual. Además, contempla multas de 20 a 50 unidades tributarias mensuales.
La iniciativa también añade un inciso final al artículo 368 bis, estableciendo como circunstancia agravante especial el haber seleccionado a la víctima o perpetrado el delito aprovechándose de su condición de discapacidad, neurodivergencia u otra circunstancia que limite o impida su capacidad de comunicación, comprensión o defensa.
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