
La Corte Suprema confirmó la cancelación de matrícula de un estudiante de enseñanza básica de Curanilahue, Región del Biobío, quien acumuló 42 anotaciones negativas durante un año escolar.
La decisión del establecimiento se sustentó en episodios reiterados considerados graves, entre ellos el porte de navajas en al menos dos oportunidades, la agresión a un compañero que resultó lesionado, el uso de lenguaje obsceno y gestos de connotación sexual dirigidos a docentes y compañeras.
La madre del alumno recurrió contra la medida, argumentando que su hijo contaba con antecedentes médicos y no había sido incorporado al Programa de Integración Escolar (PIE). Sin embargo, el máximo tribunal rechazó la apelación y mantuvo lo resuelto previamente por la Corte de Apelaciones de Concepción.
El abogado del establecimiento, Víctor Alarcón, valoró la sentencia y sostuvo que el colegio actuó conforme a la normativa. “Da cuenta de que el establecimiento siempre se sujetó estrictamente al principio de legalidad del procedimiento que nos rige”, afirmó.
La Superintendencia de Educación también había respaldado el proceso sancionatorio y las medidas de acompañamiento aplicadas por el establecimiento, al no advertir irregularidades en su tramitación.
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