
La eventual participación de CA-DOS Publicidad e Inversiones SpA en la organización de la Fiesta de la Chilenidad de Ñuñoa de 2026 abre interrogantes sobre los controles que aplicarán la Municipalidad, la Corporación Municipal de Deportes y el Concejo Municipal antes de adjudicar uno de los eventos masivos más relevantes de la comuna.
La empresa, representada por José Bernardo Carrasco Aravena, estuvo a cargo de la celebración realizada durante septiembre de 2025 en el entorno del Estadio Nacional y aspira a participar nuevamente en el proceso correspondiente a este año.
Su postulación ocurre mientras el Ministerio Público investiga una querella criminal por presunta estafa vinculada directamente con la provisión de infraestructura y publicidad para la fiesta anterior.
La acción fue presentada por uno de los proveedores del evento contra Carrasco y todos quienes resulten responsables. El 14º Juzgado de Garantía de Santiago declaró admisible la querella el 5 de enero de 2026 y ordenó remitirla al Ministerio Público para su investigación, bajo el RUC 2510063351-8 y el RIT 7530-2025.
El contrato por $75 millones
Según la querella, durante los primeros días de agosto de 2025 Carrasco presentó al proveedor un proyecto relacionado con la Fiesta de la Chilenidad.
El escrito sostiene que Carrasco manifestó que ya se había adjudicado el evento organizado por la Municipalidad de Ñuñoa y que requería contratar infraestructura para su funcionamiento.
El proveedor afirma que entregó seis bodegas instaladas en un contenedor de 40 pies, otro contenedor con seis boleterías, una oficina móvil de 35 metros cuadrados con tres dependencias y telas publicitarias que fueron instaladas en distintos puntos de la Región Metropolitana.
El valor total acordado por esos servicios habría ascendido a $75 millones. Para cubrirlo, Carrasco habría entregado dos cheques girados contra una cuenta corriente de CA-DOS en Banco Santander: uno por $35 millones, fechado el 9 de septiembre de 2025, y otro por $40 millones, con fecha 30 de octubre del mismo año.
El primer documento fue pagado. El conflicto surgió con el segundo cheque, correspondiente a los $40 millones restantes, que fue protestado el 3 de noviembre de 2025 por “firma disconforme”.
La querella sostiene que el documento habría sido llenado y firmado personalmente por Carrasco en presencia de un testigo. Y sostiene, además, que el Banco Santander nunca debió haber rechazado el cheque por el tema de la firma sino que haberlo protestado por falta de fondos.
La respuesta del Banco Santander
Uno de los antecedentes más relevantes incorporados a la carpeta investigativa es la respuesta que Banco Santander entregó a la Fiscalía de La Florida, Peñalolén y Macul el 12 de marzo de 2026.
El banco confirmó que la cuenta corriente utilizada para emitir el cheque pertenecía a CA-DOS Publicidad e Inversiones SpA y que se encontraba vigente. También informó que el documento no registraba una orden de no pago y que había sido protestado por firma disconforme.
La entidad agregó un segundo antecedente: al momento del cobro, la cuenta no tenía fondos suficientes para pagar los $40 millones.
“Cheque serie N°492 fue protestado con fecha 3 de noviembre de 2025 por firma disconforme” y se encontraba “sin fondos suficientes a la fecha de cobro”, indicó el banco en su respuesta al Ministerio Público.
La querella pidió que la Brigada Investigadora de Delitos Económicos de la Policía de Investigaciones realizara diligencias para establecer la existencia del supuesto delito, identificar a eventuales responsables y tomar declaración a los testigos.
Asimismo, pidió citar al ejecutivo de Banco Santander relacionado con la cuenta y a una persona que, según la parte querellante, habría presenciado la emisión de los cheques.
Fiscalía ordenó diligencias
La carpeta incluye una orden para investigar los hechos y requerimientos dirigidos a Banco Santander. Entre las diligencias solicitadas se encuentra determinar quién era titular de la cuenta, quiénes tenían facultades de firma, si existían fondos suficientes y si se había impartido alguna orden de no pago.
La Fiscalía también solicitó los registros de firma y los antecedentes sobre la apertura y vigencia de la cuenta corriente.
La querella pidió que la Brigada Investigadora de Delitos Económicos de la Policía de Investigaciones realizara diligencias para establecer la existencia del supuesto delito, identificar a eventuales responsables y tomar declaración a los testigos.
Asimismo, pidió citar al ejecutivo de Banco Santander relacionado con la cuenta y a una persona que, según la parte querellante, habría presenciado la emisión de los cheques.
La carpeta consolidada fue generada el 5 de junio de 2026 y registra, entre sus actuaciones, la querella, una orden de investigar, requerimientos de información, respuestas de instituciones y una solicitud para conocer el avance de las diligencias.
Dos condenas anteriores
La carpeta investigativa contiene también un extracto de filiación emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación en marzo de 2026.
El documento registra una condena dictada en diciembre de 2010 por el 7º Juzgado de Garantía de Santiago, como autor reiterado de infracciones al Código Tributario. La pena impuesta fue de tres años de presidio menor en su grado medio, bajo un régimen de cumplimiento alternativo, y aparece cumplida en septiembre de 2014.
El certificado consigna además otra condena pronunciada en noviembre de 2010 por el 4º Juzgado de Garantía de Santiago, por giro doloso de cheque, con una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, también bajo una medida alternativa.
Se trata de condenas antiguas y ya cumplidas. Por sí mismas no necesariamente constituyen una inhabilidad vigente para contratar con organismos públicos. Sin embargo, el antecedente por giro doloso de cheque adquiere relevancia periodística debido a que la nueva investigación también se relaciona con un documento de pago emitido por una empresa representada por Carrasco.
La pertinencia jurídica de esas condenas para el proceso de contratación deberá ser evaluada por la entidad licitante conforme a las bases, la Ley de Compras Públicas y el estado vigente de los antecedentes penales y comerciales del oferente.
Un informe comercial de 2021
Otro de los documentos revisados por El Periodista corresponde a un informe comercial de Equifax de noviembre de 2021.
El reporte asignaba a Carrasco un indicador de riesgo de 399 puntos y registraba un pagaré protestado por aproximadamente $61,6 millones. El informe indicaba que la obligación aparecía asociada a la empresa Procesos y Servicios Arrayán SpA.
Carrasco sostuvo posteriormente, en acciones judiciales contra la Corporación Municipal de La Florida, que esa morosidad se habría originado porque una entidad municipal no pagó facturas que CA-DOS había cedido a una empresa de factoring.
En esos recursos, Carrasco afirmó que el incumplimiento de la corporación municipal había provocado su inclusión personal en registros de morosidad y afectado el acceso de su empresa al sistema financiero.
La Corte de Apelaciones declaró inadmisibles las acciones constitucionales al considerar que se trataba de una controversia contractual que debía discutirse mediante procedimientos judiciales ordinarios. Los tribunales no se pronunciaron en esas resoluciones sobre el fondo de la deuda.
Dado que el informe comercial es de 2021, no permite establecer la condición financiera actual de Carrasco ni de CA-DOS. Sí muestra que la empresa ya había enfrentado con anterioridad dificultades relacionadas con pagos, factoring y protestos.
Las preguntas para Ñuñoa
La querella obliga a revisar con especial cuidado la eventual adjudicación del evento de 2026.
Aunque una investigación penal pendiente no constituye automáticamente una prohibición para participar en una licitación, el municipio debe determinar si existen riesgos para la continuidad operacional, el cumplimiento de los contratos y el pago oportuno a trabajadores y proveedores. También si las instalaciones en la Fiesta de la Chilenidad de septiembre, por ejemplo, pudieran estar sujetas a embargo.
Antes de autorizar una nueva contratación, la Municipalidad de Ñuñoa y su Corporación Municipal de Deportes deberían informar:
- Si recibieron reclamos por pagos pendientes relacionados con la fiesta de 2025.
- Si fiscalizaron el cumplimiento de las obligaciones de CA-DOS con sus proveedores.
- Si se aplicaron multas o se hicieron efectivas garantías.
- Qué información financiera y judicial se exigirá a los postulantes.
- Si la querella y el cheque protestado serán considerados durante la evaluación.
- Qué mecanismos impedirán que una deuda privada afecte la realización del evento.
- Si la decisión final deberá ser sometida al Concejo Municipal.
El punto central no es que la autoridad municipal determine responsabilidades penales, tarea que corresponde al Ministerio Público y a los tribunales. Su obligación es evaluar si el oferente posee capacidad económica, técnica y contractual suficiente para organizar nuevamente un evento masivo bajo el nombre de la Municipalidad de Ñuñoa.
La responsabilidad del alcalde y del Concejo
La administración encabezada por el alcalde Sebastián Sichel deberá explicar qué antecedentes tuvo a la vista antes de aceptar la eventual participación de CA-DOS y qué medidas adoptará para proteger a los proveedores.
Si la empresa vuelve a ser seleccionada y la contratación requiere acuerdo del Concejo Municipal, los concejales deberán pronunciarse con conocimiento de la querella, del cheque protestado y de la respuesta entregada por Banco Santander a la Fiscalía.
La decisión no debería limitarse a comparar ofertas económicas o propuestas artísticas. También debe considerar la trazabilidad de los ingresos, la solvencia del organizador, las garantías contractuales y la existencia de mecanismos efectivos para asegurar que quienes trabajen en la fiesta reciban sus pagos.
La investigación penal sigue abierta y la responsabilidad de Carrasco no ha sido establecida judicialmente. Pero la documentación disponible plantea una pregunta que la Municipalidad de Ñuñoa deberá responder antes de adjudicar la celebración de 2026: ¿resulta prudente confiar nuevamente un evento comunal de gran escala a una empresa investigada por el presunto no pago de parte de la infraestructura utilizada en la versión anterior?
Una productora conocida por el municipio
CA-DOS no es una empresa desconocida para la administración encabezada por el alcalde Sebastián Sichel. En 2025 fue seleccionada para producir la Fonda Ñuñoa “El Corazón de Chile”, realizada entre el 17 y el 21 de septiembre en el Parque Estadio Nacional.
Carrasco, además, es una persona conocida y que habitualmente se lo ve en los pasillos del palacio consistorial. Se jactaba siempre de su relación estrecha con el otrora administrador municipal, hombre de confianza de Sichel, Tomás Fuentes, hoy en la Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO) de Ñuñoa.
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Las actas oficiales del Concejo Municipal identifican expresamente a “Productora Ca-Dos” como responsable de la producción del evento, que incluyó espectáculos musicales, cocinerías, venta de bebidas alcohólicas, juegos y diferentes actividades familiares.
La celebración ocupó más de 33 mil metros cuadrados y contempló el cobro de entradas al público. Entre los artistas anunciados estuvieron Américo, Garras de Amor, The Ramblers, Standly y Juana Fe.
Ahora, la productora vinculada a Carrasco aspira a repetir esa adjudicación bajo un modelo comercial que no supone, según las bases, un desembolso directo de recursos desde la Corporación Municipal de Deportes.
El adjudicatario será responsable de administrar la instalación de los fonderos y la venta de entradas. A cambio, deberá entregar a la corporación municipal un porcentaje de los ingresos obtenidos por los boletos efectivamente vendidos. También deberá proporcionar acceso al sistema de reportabilidad y trazabilidad de las ventas, para que el municipio pueda comprobar en línea la recaudación declarada.
Las bases de 2026 contienen una diferencia significativa respecto del proceso anterior: prohíben expresamente la subcontratación, salvo la cesión de créditos contemplada por la legislación.
Esta prohibición plantea interrogantes sobre cómo se contratará a artistas, guardias, técnicos, montajistas, operadores de sonido, proveedores gastronómicos y otros servicios indispensables para desarrollar una fonda de esas dimensiones.
La entrada Empresa que busca organizar nuevamente la Fiesta de la Chilenidad de Ñuñoa enfrenta querella por presunta estafa a proveedor se publicó primero en El Periodista.

