
La entrada Corte confirma indemnización de $61 millones a joven por graves lesiones durante manifestación en 2019 se publicó primero en El Periodista.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar una indemnización total de $61.000.000 a un joven trabajador que resultó gravemente herido tras recibir el impacto de un proyectil en el rostro, en medio de una manifestación ocurrida en Tocopilla el 2019, en el marco del denominado estallido social.
En fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada ratificó la decisión del Segundo Juzgado Civil de Antofagasta, estableciendo la responsabilidad del Estado por falta de servicio atribuida a personal de la Armada durante las labores de control del orden público.
El caso se remonta a la noche del 21 de noviembre de 2019, cuando la víctima, Carlos Mondaca Arancibia, regresaba a su domicilio tras finalizar su práctica profesional en una faena minera. Debido a manifestaciones que mantenían interrumpido el tránsito, debió descender del bus en el sector La Patria y continuar a pie, momento en que fue impactado por un proyectil en el rostro.
La Corte descartó los argumentos del Fisco, que cuestionaban la falta de precisión respecto al actuar de la Armada, señalando que la sentencia de primera instancia sí desarrolla de manera detallada la conducta de los funcionarios y la valoración de la prueba rendida. En ese sentido, el tribunal sostuvo que, aunque no se pudo determinar con certeza absoluta el origen del proyectil, no existían antecedentes que permitieran atribuir su uso a terceros distintos de las Fuerzas Armadas.
Asimismo, el fallo enfatiza que la lesión sufrida por la víctima constituye una vulneración a sus derechos fundamentales, en particular a su integridad física y psíquica, configurando una carga que no estaba obligado a soportar. También desestimó la tesis de la defensa estatal que apuntaba a una conducta riesgosa del afectado, indicando que este solo intentaba regresar a su domicilio sin involucrarse en enfrentamientos.
Con ello, se confirmó la indemnización fijada en primera instancia, correspondiente a $1.000.000 por daño emergente y $60.000.000 por daño moral, sin costas y sin aplicación de intereses.
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