
Una jueza federal de la Corte del Distrito Sur de Nueva York anuló una política de la administración de Donald Trump que mantenía suspendida la emisión de visas de residencia permanente para ciudadanos de 75 países, al considerar que la medida excedía las facultades legales del Departamento de Estado.
La resolución reactiva miles de trámites migratorios que habían quedado congelados desde enero de 2026, especialmente solicitudes de residencia por vínculos familiares o contratos de trabajo en Estados Unidos.
La medida no afectaba las visas temporales de turismo o estudio, pero sí había paralizado por completo la entrega de residencias permanentes para ciudadanos de países incluidos en la directiva.
Jueza calificó la política como “manifiestamente ilegal”
La magistrada Jeannette A. Vargas sostuvo que la instrucción vulneraba la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1965, que prohíbe la discriminación por origen nacional en la asignación de visas.
El fallo concluyó además que el secretario de Estado, Marco Rubio, no podía sustituir el criterio individual de los funcionarios consulares mediante una orden general de rechazo.
Uno de los elementos centrales del dictamen fue el tratamiento del concepto de “carga pública”, utilizado por la administración para justificar la suspensión.
Según la resolución, la legislación estadounidense exige que ese riesgo sea evaluado caso a caso, considerando factores como situación financiera, edad, salud, capacidades y antecedentes del solicitante.
La política cuestionada, en cambio, imponía rechazos automáticos incluso cuando los postulantes podían demostrar solvencia económica.
75 países quedaron bajo la suspensión
La directiva afectó a ciudadanos de casi el 40% de los países del mundo.
Entre las naciones incluidas figuraban Brasil, Colombia, Cuba, Guatemala, Jamaica y Uruguay en América; además de países de África, Asia, Europa y Oceanía.
También aparecían en la lista Rusia, Irán, Afganistán, Siria, Pakistán, Nigeria, Ghana, Marruecos, Etiopía y Fiyi, entre otros.
En total, la restricción alcanzaba a 17 países de América, 26 de África, 22 de Asia, nueve de Europa y uno de Oceanía.
Familias separadas y trabajadores afectados
La demanda contra la política fue impulsada por organizaciones civiles, entre ellas la Catholic Legal Immigration Network, el National Immigration Law Center y el Center for Constitutional Rights, junto con ciudadanos estadounidenses e inmigrantes perjudicados por la suspensión.
El litigio incorporó casos de familias separadas entre Estados Unidos y países como Ghana, Etiopía, Guatemala y Jamaica, además de profesionales que contaban con ofertas de empleo en empresas estadounidenses.
Durante el proceso, el Departamento de Justicia defendió la medida recurriendo a precedentes judiciales sobre las restricciones de viaje aplicadas durante el primer gobierno de Trump.
Sin embargo, la jueza estableció una diferencia clave: esos casos se referían a la facultad presidencial para regular la entrada al territorio estadounidense, mientras que la controversia actual se centraba en la suspensión administrativa de la emisión de visas de residencia.
Trámites deberán reanudarse
El fallo ordena al Departamento de Estado volver a aplicar una evaluación individualizada de las solicitudes de residencia permanente.
Las partes deberán presentar antes del 11 de septiembre sus propuestas sobre la forma en que continuarán los expedientes que permanecen pendientes.
El Departamento de Justicia todavía puede apelar la decisión ante una instancia superior, por lo que la disputa judicial podría continuar.
Por ahora, sin embargo, la resolución representa un importante revés para la política migratoria de la administración Trump y abre nuevamente la posibilidad de avanzar en miles de solicitudes de residencia familiar y laboral que permanecían congeladas desde comienzos de año.
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