
Comunidades mapuche, huerteras, guardadores de semillas y organizaciones sociales solicitaron a la Corte de Apelaciones de Santiago detener la tramitación de una propuesta del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) sobre comercialización de “semilla corriente”, mientras se resuelve un recurso de protección presentado contra el organismo.
La acción, ingresada el 16 de octubre bajo el rol 22200-2026, fue presentada por la abogada Tatiana Fernández, en representación de comunidades de la provincia de Arauco y de territorios como Antuco, Angol, Purén y Nueva Imperial.
Los recurrentes sostienen que las exigencias contempladas en la propuesta podrían afectar derechos fundamentales, prácticas culturales mapuche y actividades de subsistencia campesina. Como medida inmediata, piden una orden de no innovar que impida aprobar la resolución mientras la Corte examina el fondo del caso.
Según los antecedentes entregados por las organizaciones, se encuentran a la espera de una respuesta judicial.
“La semilla es vida, no mercancía”
El conflicto tiene una dimensión que, para las comunidades, excede la regulación de un producto agrícola. En su comunicado público, explican que las semillas constituyen un patrimonio que reúne alimentación, conocimientos, espiritualidad y vínculos entre generaciones.
“La semilla es newen —energía vital—, es alimento, es ofrenda a la Ñuke Mapu, es un tesoro que se traspasa de generación en generación, de familia a familia, de vecino a vecino”, expresan.
Durante los últimos cuatro meses, las comunidades han desarrollado encuentros de conversación, reuniones de trabajo y trafkintu o travkintu, prácticas de intercambio que buscan resguardar junto con la circulación de semillas tradicionales.
“Nos articulamos para resguardar el travkintu y los intercambios de semillas, prácticas arraigadas en nuestra cultura y que un reglamento ajeno a nuestra realidad en el campo pretende regular”, señalan.
Su preocupación apunta a que requisitos de inscripción, análisis, etiquetado y trazabilidad terminen imponiendo cargas difíciles de cumplir para quienes producen y venden pequeñas cantidades.
El vínculo entre guardar, intercambiar y vender
Uno de los argumentos centrales del recurso cuestiona la separación entre comercio e intercambio no comercial.
De acuerdo con los recurrentes, guardar semillas para el autoconsumo, intercambiarlas y vender una parte de la producción forman un mismo ciclo de subsistencia. Los ingresos obtenidos en ferias o ventas locales permiten financiar nuevas siembras y sostener el trabajo de conservación.
Desde esa perspectiva, consideran insuficiente una aclaración que proteja únicamente el intercambio sin fines comerciales. Advierten que encarecer o restringir las ventas de pequeña escala también podría debilitar la continuidad de las variedades tradicionales.
La controversia plantea así una pregunta sobre el alcance de la regulación: cómo establecer condiciones de comercialización sin equiparar las capacidades de una empresa semillera con las de una huertera o una familia campesina.
Las garantías que invoca el recurso
La presentación sostiene que la propuesta amenaza la igualdad ante la ley, al establecer exigencias que, según los recurrentes, producirían efectos desproporcionados sobre pequeños agricultores.
También invoca la libertad de conciencia y de creencias, por la dimensión ceremonial y espiritual de las semillas en la cultura mapuche; la libertad para desarrollar actividades económicas; la no discriminación arbitraria en materia económica y el derecho de propiedad.
A estos argumentos suma la protección de la biodiversidad y los estándares internacionales contenidos en el Convenio 169 de la OIT, los pactos de derechos humanos de Naciones Unidas y el Convenio sobre la Diversidad Biológica.
Las aclaraciones del SAG bajo cuestionamiento
Según los antecedentes citados en el recurso, el informe del SAG sobre la consulta pública, emitido el 22 de septiembre, registró 66.450 participaciones y 173.351 observaciones.
Las comunidades afirman que el servicio ha reconocido dificultades de redacción y ha anunciado que estudiará precisiones normativas, excepciones y umbrales. Sin embargo, sostienen que esos anuncios no entregan todavía garantías suficientes.
“La mera declaración de intenciones no es garantía de que efectivamente lo ejecuten”, advierten en su comunicado.
El recurso también cuestiona que, según los antecedentes que recoge, el SAG considere necesaria una regulación de mayor rango para reconocer las semillas ancestrales o tradicionales, mientras mantiene en tramitación una propuesta que podría alcanzarlas.
Otro punto es la decisión de no realizar una consulta indígena. Los recurrentes argumentan que una consulta ciudadana general no sustituye ese procedimiento cuando existen medidas susceptibles de afectar a pueblos indígenas.
Qué solicitan a la Corte
Además de la orden de no innovar, las comunidades piden que se declare ilegal y arbitraria la continuación del procedimiento y que se ordene al SAG cesar la tramitación de la propuesta.
También solicitan que el organismo se abstenga de aprobar, firmar, publicar o ejecutar el proyecto, o un texto equivalente que mantenga las contradicciones y cargas que denuncian.
Mientras esperan la decisión judicial, las organizaciones llaman a continuar sembrando y a fortalecer las redes de agricultura familiar campesina.
“Que las semillas, fuentes de vida, sigan circulando libremente por nuestros territorios”, concluyen.
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