
Una disputa interna en la Hermandad del Señor de los Milagros de Santiago llegó hasta los tribunales luego de que su exmayordomo general, Jorge Gonzalo Maslucán Chicana, interpusiera un recurso de protección contra el cardenal y arzobispo de Santiago, Fernando Chomali.
La acción cuestiona el decreto emitido por el Arzobispado el 29 de mayo de 2026, mediante el cual se confirmó a Eduardo Alfredo Huamani Bilbao como mayordomo general de la hermandad para el periodo 2026-2027.
Según el recurrente, la decisión desconoció una suspensión vigente que impedía a Huamani participar en actividades, ejercer cargos o representar institucionalmente a la organización durante cuatro años.
La Hermandad del Señor de los Milagros funciona en la Parroquia Latinoamericana Nuestra Señora de Pompeya, en Providencia, y reúne a más de 140 miembros activos, de acuerdo con la presentación judicial.
La agrupación cuenta con reconocimiento eclesiástico mediante el Decreto Arzobispal N.º 325, de octubre de 1999, y tiene entre sus principales actividades la promoción de la devoción al Cristo de Pachacamilla y la realización de su tradicional procesión en Santiago.
Una suspensión vigente
El antecedente central del conflicto es una carta fechada el 14 de octubre de 2025 y suscrita por la entonces mayordomía general.
El documento comunicó a Huamani, quien había ejercido como tesorero entre 2022 y 2023, la suspensión de toda actividad, participación y derecho dentro de la hermandad por cuatro años.
La resolución estableció que debía continuar cumpliendo sus obligaciones financieras, pero quedaba inhabilitado para ejercer cargos o asumir representación institucional durante el periodo de sanción.
La carta señaló que la medida se adoptaba debido a “observaciones e irregularidades constatadas” y conforme a una comunicación previa del Arzobispado y al Código de Ética de la organización.
El documento no detalla la naturaleza exacta de las irregularidades ni incorpora una resolución independiente que permita establecer responsabilidades definitivas. Lo que sí acredita es la existencia formal de la suspensión.
El decreto cuestionado
El recurso sostiene que, pese a esa sanción, Chomali confirmó posteriormente a Huamani en el cargo más importante de la organización.
Para Maslucán, el decreto contradice los estatutos, el Código de Ética y decisiones previas del propio Arzobispado.
La presentación pidió dejar sin efecto la confirmación y alegó una vulneración de la igualdad ante la ley y del derecho a un procedimiento racional y justo.
También cuestionó la transparencia del proceso de elección y la falta de claridad respecto de los antecedentes que tuvo a la vista la autoridad eclesiástica antes de adoptar la decisión.
Corte declaró inadmisible la acción
El 30 de junio, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso.
El tribunal sostuvo que la presentación no daba cuenta de un “derecho indubitado” que pudiera servir como fundamento para las garantías constitucionales invocadas.
La resolución no se pronunció sobre la regularidad de la elección ni determinó si la suspensión seguía plenamente vigente. Se limitó a concluir que el conflicto no podía ser resuelto a través de un recurso de protección.
El 3 de julio, la defensa de Maslucán presentó una reposición con apelación subsidiaria, por lo que la controversia judicial todavía no se encuentra completamente cerrada.
Preguntas para el Arzobispado
El conflicto deja abiertas varias interrogantes.
Entre ellas, si el Arzobispado conocía formalmente la suspensión de Huamani, qué antecedentes utilizó para confirmar su elección y si existió alguna decisión posterior que dejara sin efecto la sanción.
También corresponde establecer si la hermandad respetó sus propios procedimientos internos y si la elección contó con todas las garantías previstas en sus estatutos.
El rechazo inicial de la Corte no despeja estas dudas, porque no resolvió el fondo de la controversia. Tampoco si el cardenal firmó él o no el nombramiento.
La disputa expone así una tensión entre la autonomía de una organización religiosa, la autoridad del Arzobispado y el cumplimiento de sus propias reglas internas.
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