
Un juzgado de familia de Bogotá ordenó de manera provisional al Gobierno de Colombia y a las Fuerzas Militares abstenerse de realizar bombardeos contra objetivos en los que exista información cierta o razonablemente verificable sobre la presencia de menores de edad reclutados o utilizados por organizaciones armadas.
La resolución del Juzgado 34 de Familia de Bogotá establece que las operaciones aéreas ofensivas deberán detenerse cuando existan antecedentes sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes, al menos mientras no se hayan adoptado todas las medidas de precaución necesarias y descartado alternativas militares menos lesivas.
La orden permanecerá vigente hasta que el tribunal resuelva de fondo una acción de tutela presentada para proteger los derechos fundamentales de los menores involucrados en el conflicto armado colombiano.
El tribunal dispuso que las instituciones estatales deben hacer prevalecer el interés superior de los niños y cumplir los principios de distinción, proporcionalidad y precaución que rigen las operaciones militares.
La medida involucra directamente a la Presidencia de Colombia, el Ministerio de Defensa, el Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército, la Fuerza Aeroespacial Colombiana y la Armada.
Cuatro menores muertos desde agosto
La intervención judicial se produce después de una serie de operaciones militares ordenadas desde que Abelardo De La Espriella asumió la Presidencia de Colombia el pasado 7 de agosto.
Uno de los casos ocurrió el 10 de agosto en la región del Catatumbo, durante un bombardeo dirigido contra posiciones del Ejército de Liberación Nacional (ELN). En esa operación murió un adolescente de 16 años.
La polémica aumentó tras la denominada Operación Amón, desarrollada el 27 de agosto contra campamentos del Bloque Jorge Suárez Briceño de las disidencias de las antiguas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), en el departamento del Guaviare.
Tres menores —dos de 15 años y uno de 16— estuvieron entre los fallecidos en esa ofensiva.
El Gobierno ha sostenido que los menores se encontraban integrados a estructuras combatientes y ha responsabilizado a las organizaciones armadas por reclutarlos. La controversia, sin embargo, se ha centrado en las obligaciones que mantiene el Estado frente a niños y adolescentes incluso cuando estos han sido incorporados ilegalmente a grupos armados.
La utilización y reclutamiento de menores constituye una grave vulneración del Derecho Internacional Humanitario, pero su presencia en estructuras armadas también obliga a las fuerzas estatales a adoptar precauciones especiales antes de ejecutar operaciones que puedan poner sus vidas en riesgo.
Un problema que atraviesa varios gobiernos
La muerte de menores durante bombardeos no comenzó con la actual administración colombiana.
Según cifras de Medicina Legal, durante la Presidencia de Gustavo Petro, entre 2022 y 2026, murieron 62 menores de edad en operaciones militares, mientras que durante el mandato de Iván Duque, entre 2018 y 2022, se contabilizaron 42 fallecidos.
La controversia había alcanzado especial intensidad durante los últimos meses del Gobierno de Petro. Entre agosto y noviembre de 2025, 15 menores murieron en cuatro bombardeos realizados por las fuerzas estatales.
Uno de los episodios más graves ocurrió el 10 de noviembre de 2025 en Calamar, departamento del Guaviare, cuando siete adolescentes murieron durante una operación aérea.
Tras esos hechos, la Defensoría del Pueblo pidió suspender los ataques aéreos en aquellas situaciones en que existiera riesgo de presencia de menores reclutados.
El organismo ha advertido, además, sobre la magnitud del reclutamiento infantil en Colombia. Entre 2024 y julio de 2026 tomó conocimiento de más de 1.170 casos de niños y adolescentes incorporados por grupos armados ilegales, cifra que podría ser considerablemente mayor debido al subregistro existente en numerosas zonas rurales.
El fenómeno afecta especialmente a territorios donde operan el ELN, las disidencias de las FARC y otras organizaciones armadas que disputan corredores estratégicos, economías ilegales y territorios vinculados al narcotráfico.
Debate sobre la estrategia militar
La resolución judicial introduce ahora un condicionamiento significativo a la estrategia de seguridad impulsada por De La Espriella durante sus primeras semanas en el poder.
Su administración intensificó las operaciones aéreas contra estructuras armadas en regiones como Catatumbo y Guaviare, en contraste con los intentos de negociación que marcaron buena parte de la administración anterior.
El tribunal no estableció una prohibición general de los bombardeos ni cuestionó la posibilidad del Estado de atacar objetivos militares legítimos.
La restricción opera específicamente cuando exista información suficientemente confiable sobre la presencia de menores. En esos casos, las fuerzas estatales deberán demostrar que adoptaron medidas de precaución y que no existe una alternativa operacional menos dañina para alcanzar el objetivo militar.
La decisión vuelve a instalar uno de los dilemas más complejos del conflicto colombiano: cómo combatir a organizaciones que incorporan niños y adolescentes a sus filas sin convertir a esos mismos menores, víctimas de reclutamiento, en bajas de las operaciones destinadas a destruir a los grupos que los captaron.
La entrada Justicia colombiana pone límite a bombardeos en zonas donde haya menores reclutados se publicó primero en El Periodista.

