
En una esquina de Santiago Poniente, la ciudad perdió primero las casas y después discutió sobre las leyes.
Eso es, en pocas palabras, lo que ocurrió en el sector de Rosas con García Reyes, dentro del histórico Barrio Yungay. Allí, donde durante décadas la arquitectura construyó una continuidad reconocible de fachadas, alturas y maneras de habitar la ciudad, una intervención inmobiliaria terminó transformándose en un largo expediente judicial.
Las casas desaparecieron. Los papeles quedaron.
Y siete años después de las demoliciones, la justicia terminó por confirmar que aquellas obras se realizaron sin contar previamente con la autorización que exigía la protección patrimonial del sector.
El 25 de agosto de 2026, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó íntegramente la sentencia dictada en abril de 2023 por el 17° Juzgado Civil de Santiago en la causa seguida contra Inversiones e Inmobiliaria Santo Domingo S.A.
El fallo había condenado a la empresa al pago de una multa de 50 UTM por infringir la Ley de Monumentos Nacionales al ejecutar obras en los inmuebles de Rosas 2532 y Rosas 2534 durante 2019 sin la autorización previa correspondiente.
La decisión judicial cierra una etapa del litigio.
Pero no reconstruye una pared.
No devuelve una cornisa.
No recupera una fachada.
Un barrio hecho de continuidad
Para entender lo ocurrido hay que mirar más allá de los dos terrenos.
El Barrio Yungay no fue protegido solamente porque algunas de sus casas fueran antiguas. En la propia sentencia se recuerda que la zona representa el inicio del desarrollo de Santiago Poniente, el origen del primer barrio republicano de la capital y una parte fundamental de la expansión urbana de la ciudad.
Su valor reside también en algo mucho más frágil que un edificio individual: la continuidad de sus construcciones, la homogeneidad de sus alturas y las distintas tipologías arquitectónicas que forman un conjunto urbano.
Es decir, el patrimonio no vive únicamente dentro de un inmueble.
También existe entre una casa y la siguiente.
En la escala de una calle.
En la altura que se repite.
En la forma en que una fachada conversa con la que tiene al lado.
Cada demolición puede parecer pequeña cuando se observa como un predio. Pero, vista desde el barrio, funciona como una pieza arrancada de una fotografía.
En 2009, los barrios Yungay y Brasil fueron declarados Zona Típica o Pintoresca. Diez años después, la protección se amplió precisamente para incorporar segmentos urbanos que habían quedado fuera del perímetro original y formar una zona más homogénea y continua. Entre ellos quedaron comprendidos los inmuebles de Rosas y García Reyes involucrados en este proceso.
La ampliación fue decretada en abril de 2019.
Ese mismo año comenzaron los problemas.
Demoler primero
Los antecedentes judiciales describen una cronología que resulta especialmente incómoda para cualquier política seria de conservación urbana.
La inmobiliaria contaba con un anteproyecto de edificación aprobado antes de la ampliación de la Zona Típica y sostuvo durante el juicio que esa circunstancia debía ser considerada a su favor. Pero el tribunal concluyó que aquello no eliminaba la obligación posterior de obtener las autorizaciones necesarias.
Las resoluciones municipales incorporadas al expediente dejaron constancia de trabajos efectuados sin permiso de edificación y de demolición sin permiso, además de órdenes de paralización durante julio y agosto de 2019.
Hay un detalle particularmente revelador en la sentencia.
Los documentos presentados posteriormente ante el propio Consejo de Monumentos mostraban inicialmente una construcción destinada al comercio. Fotografías posteriores mostraban que aquella construcción ya no existía.
El tribunal consideró además un informe técnico de demolición fechado en agosto de 2019.
La autorización había llegado demasiado tarde para las construcciones que ya no estaban.
Según la demanda presentada por el Consejo de Defensa del Estado en representación del Consejo de Monumentos Nacionales, el 5 de septiembre de 2019 la empresa solicitó autorización para una intervención que, de acuerdo con esa parte del proceso, ya se había ejecutado, lo que fue descrito como una petición de regularización posterior.
La secuencia resulta conocida en muchas ciudades:
primero ocurre la intervención;
después aparece la discusión administrativa;
más tarde comienza el juicio;
años después llega la sentencia.
El edificio, mientras tanto, no espera.
La justicia llega después de la retroexcavadora
El 17° Juzgado Civil estableció que las obras de demolición habían sido realizadas después de la declaración que amplió la Zona Típica y sin autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales.
La defensa sostuvo que existía un anteproyecto aprobado con anterioridad por la Dirección de Obras Municipales de Santiago.
El tribunal descartó ese argumento.
La sentencia fue especialmente clara al señalar que una empresa especializada en la actividad inmobiliaria debía conocer las exigencias legales aplicables y que, además del Consejo de Monumentos, las obras requerían los permisos correspondientes de la Dirección de Obras Municipales.
Finalmente, la multa quedó fijada en 50 UTM.
No fue el máximo solicitado originalmente.
La ley contemplaba sanciones de entre cinco y 200 UTM y permitía incluso la paralización de las obras mediante la fuerza pública.
Para determinar la cuantía, la jueza consideró el giro empresarial de la demandada, que los hechos afectaron dos inmuebles y que posteriormente el Consejo de Monumentos terminó otorgando permiso para demolición y obra nueva.
Ahí aparece otra de las paradojas del caso.
La demolición fue sancionada porque ocurrió sin autorización previa.
Pero después fue autorizada.
Legalmente puede explicarse.
Patrimonialmente resulta mucho más difícil.
Una multa no reconstruye un barrio
La sentencia establece responsabilidades.
Eso importa.
Pero el problema de fondo queda intacto.
Cuando un sistema patrimonial necesita años para determinar si una demolición fue ilegal, la sanción corre siempre detrás de la pérdida.
El expediente puede llenarse de ordinarios, resoluciones, decretos, planos, informes técnicos, certificados y fotografías.
El barrio no.
La protección del patrimonio arquitectónico funciona precisamente porque algunos bienes son irreemplazables. Si una casa desaparece, la consecuencia no es equivalente a una infracción comercial que pueda corregirse pagando una multa.
La ciudad conserva la cicatriz.
En Rosas y García Reyes, la discusión judicial duró más que las construcciones que motivaron el juicio.
La demanda fue presentada en marzo de 2020. La sentencia de primera instancia llegó en abril de 2023. La Corte de Apelaciones la confirmó recién el 25 de agosto de 2026.
Más de seis años entre el inicio de la acción judicial y la confirmación del fallo.
Tiempo suficiente para que una esquina cambie.
Para que lleguen nuevos proyectos.
Para que desaparezca la memoria física de aquello que alguna vez estuvo allí.
El patrimonio que se protege después de perderlo
La historia del Barrio Yungay suele contarse a partir de sus sobrevivientes: las casas restauradas, las fachadas que permanecen, las calles que todavía conservan proporciones humanas, los vecinos que han defendido durante años su entorno.
Pero existe también otra historia.
La de lo que ya no está.
Y probablemente sea esa la dimensión más incómoda del caso Santo Domingo.
Porque la justicia finalmente dijo que hubo una infracción.
La Corte confirmó la condena.
La empresa deberá asumir la sanción.
El expediente puede cerrarse.
Pero la pregunta que deja la esquina permanece abierta:
¿de qué sirve declarar protegido un barrio si el Estado solo consigue imponer la ley cuando aquello que debía proteger ya fue demolido?
La entrada Donde hubo casas quedó un vacío: la demolición que golpeó al patrimonio del Barrio Yungay y terminó con una condena judicial se publicó primero en El Periodista.

